Se pueden realizar desde la página web del Ministerio de Justicia, entrando en la sede electrónica: https://sedejudicial.justicia.es
Lo puede hacer cualquier ciudadano, solamente es necesario identificarse mediante DNIe/ Certificado electrónico, con Clave pin o con Clave permanente.
Qué es un apoderamiento apud acta?
Un apoderamiento apud acta, es aquel poder que se realiza delante del Letrado de la Administración de Justicia para designar a tu Procurador o Procuradora de los Tribunales. Hace nada, se tenian que hacer de forma presencial pero a través de la sede judicial electrónica ahora se permite reaizarlo de forma telemática.
Cómo se hace?
1- En primer lugar, es necesario entrar en la Sede Judicial del Ministerio de Justicia, https://sedejudicial.justicia.es y dirigirnos a “area personal"
2- El ciudadano se debe de identificar con el Dnie, Certificado Electrónico, con Clave Pin o con Clave Permanente.
* estas dos últimas, sirven para acceder a la página pero no para acceder a los servicios que ofrecen, ya que será necesario el DNIe o Certificado electrónico.
3- Una vez se entra, tenemos que clicar a “area ciudadano”
4- Una vez dentro, en la parte izquierda de tu pantalla, hay un listado de servicios, se tiene que clicar a “apoderamiento apud acta”
5- Se nos abrirá una nueva página, donde habrá diferentes desplegables, tendremos que seleccionar en calidad de quién hacemos la designa. Hay dos maneras, en calidad de poderdante o en calidad de compareciente/representante.
Seleccionaremos en calidad de quien hacemos la designa y clicaremos "nuevo"
Se abrirá una nueva pantalla, donde tendremos que indicar de nuevo en calidad de quién comparecemos, si como poderdante (persona interesada) o como compareciente/representante y darle al botón “siguiente”.
6 - Aparecerán unos formularios;
- Si estamos realizando la designa como poderdante (persona interesada), tendremos que rellenar los formularios de datos del poderdante y datos del apoderado ( datos del procurador/a que se va a designar.)
- Si estamos realizando la designa como "compareciente/representante del poderdante", tendremos que rellenar los datos de compareciente/representante, rellenar datos del poderdante y rellenar dafros del apoderado ( procurador/a que se va a designar):
7- Una vez rellenados, clicaremos al botón de "Siguiente" y se abrirá una página como ésta. La designa se podrá realizar, para cualquier asunto judicial o bien para un procedimiento judicial en concreto.
- si se opta por escoger la opción de “cualquier actuación judicial” se podrá dar poder general para pleitos para cualquier procedimiento judicial. Asimismo, hay la opción de limitar dicha facultad en algunas de las opciones que se detallan.
- si se opta por escoger la opción de “para un procedimiento” aparecerá este formulario para rellenar datos del procedimiento judicial en concreto. El poder tendrá validez unicamente para el procedimiento que se concrete.
Debajo, aparecerá también el formulario de facultades generales y especiales, en el que se podran limitar facultades generales y se podran incluir facultades especiales como se muestra a continuación.
-Para los casos que la designa la realice el compareciente/representante del poderdante, se tendrá que annexar el documento que acredite esta condición de compareciente/representante. Además si dicho documento se tratase de un documento notarial electrónico, se tendrá que indicar también el csv. En la imagen que viene a continuación se muestran los apartados:
8- Una vez annexado el documento, para los casos que la designa la realice el compareciente/representante o bien una vez se hayan terminado de rellenar los formularios de las facultades generales y especiales para aquellos casos que sea el mismo poderdante quien comparece, se tendrá que dar una vigencia al poder que acabamos de realizar. Por defecto saldrá la fecha máxima, que son 5 años. Si bien ésta se podrá modificar por menos tiempo. Una vez realizado se tendrá que clicar “Siguiente”.
9- Se abrirá una nueva página en la que ya solamente quedará por firmar la designa con nuestro certificado electrónico o con el DNIe.
También se podrá ver un borrador de la designa para poder revisarlo antes de firmar.
Una vez hecho, se clicará "confirmar". Si se tiene que corregir algun dato, se podrá clicar el botón "volver" para así poder corregirlo.
10- Finalmente, una vez firmado el poder, se nos facilitará un comprobante y ya podremos avisar a nuestro procurador/a que la designa apud acta se ha realizado para que éste o ésta pueda entrar en la sede judicial electrónica y recoger una copia del mismo y así aportarlo al juzgado para su concocimiento y acreditar la representación.
*las imagenes se han extraído de la guia de uso de la página web de la sede judicial electrónica del Ministerio de Justicia.